miércoles, 8 de abril de 2009

¿Cómo obtengo un VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA?

Si lo que quieres es residir y trabajar en España, previamente el empleador/empresa debe solicitar en España una autorización de residencia y trabajo en tu favor y, en caso de ser aprobada, debes acudir al consulado español a solicitar este visado con la siguiente documentación:
• Pasaporte con una vigencia mínima de cuatro meses.
• Resolución favorable que han notificado al empleador que presentó previamente la oferta de trabajo en España.
• Dos fotografías.
• Certificado de antecedentes penales.
• Certificado médico.
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Dispones de un mes desde que el empleador recibe la notificación de tu autorización, para solicitar el visado. Una vez con el visado, debes entrar en España durante su vigencia que nunca será superior a tres meses.
Nada más llegar a España deberás solicitar la tarjeta de trabajo en el plazo de un mes para lo cual antes debes estar dado de alta en la Seguridad Social (lo que, por norma general, debe hacer el empresario).
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¡RECUERDA que para conseguir este visado tienes que estar en tu país de origen y no en España!

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