
• Pasaporte con una vigencia mínima de cuatro meses.
• Copia de la autorización de la Subdelegación del Gobierno que te habrá enviado tu familiar en España.
• Documentación original que acredite la relación familiar.
• Certificado médico.
• Certificado de antecedentes penales.
• Solicitud en modelo oficial.
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¡¡RECUERDA!!: Todos los documentos emitidos por entidades públicas de otro país diferente a España deben ser siempre legalizados o apostillados y traducidos en el caso deser necesario. Este es el caso, por ejemplo, de los certificados de nacimiento, matrimonio, antecedentes penales...
Además debes saber que el consulado puede citarte para aclaraciones y debes acudir personalmente a solicitar el visado y a recogerlo, salvo que sea menor de edad que puede acudir su representante legal. Una vez con el visado, debes entrar en España durante su vigencia que nunca será superior a tres meses y, una vez aquí, deberás solicitar la Tarjeta de residencia por reagrupación en el plazo de un mes.
¡¡RECUERDA!!: Todos los documentos emitidos por entidades públicas de otro país diferente a España deben ser siempre legalizados o apostillados y traducidos en el caso deser necesario. Este es el caso, por ejemplo, de los certificados de nacimiento, matrimonio, antecedentes penales...
Además debes saber que el consulado puede citarte para aclaraciones y debes acudir personalmente a solicitar el visado y a recogerlo, salvo que sea menor de edad que puede acudir su representante legal. Una vez con el visado, debes entrar en España durante su vigencia que nunca será superior a tres meses y, una vez aquí, deberás solicitar la Tarjeta de residencia por reagrupación en el plazo de un mes.
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Fuente: http://www.migrar.org/
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